Sistema Verifactu: qué es, plazos oficiales 2027, obligados y cómo preparar tu software de facturación.
En esta guía definitiva sobre el sistema VeriFactu, te explicamos de forma clara qué es, a quién aplica, cuáles son los plazos oficiales, qué debe cumplir tu software de facturación y cómo preparar tu organización para cumplir con la AEAT con evidencias y trazabilidad.
¿Qué es el sistema Verifactu?
El sistema Verifactu (también escrito VERI*FACTU) es el marco impulsado por la Agencia Tributaria (AEAT) para reforzar la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de la facturación generada por Sistemas Informáticos de Facturación (SIF). El objetivo es dificultar el uso de “software de doble uso” y mejorar el control de la información de facturación.
En términos prácticos, este marco obliga a que el software que emite facturas genere registros de facturación con medidas de seguridad (por ejemplo, huella/encadenamiento) y que la factura incluya un código QR bajo especificaciones técnicas concretas.
Actualización clave: plazos oficiales del sistema Verifactu (2027)
La AEAT publicó una nota informativa con los nuevos plazos de adaptación:
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Antes del 1 de enero de 2027: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
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Antes del 1 de julio de 2027: resto de obligados dentro del ámbito.
Si ves referencias a “Verifactu 2026”, suelen corresponder a calendarios anteriores. El criterio operativo recomendable es tratar 2026 como año de preparación (inventario, pruebas y despliegues graduales) y 2027 como hito de cumplimiento.
Bases normativas del reglamento VeriFactu y plazos de implementación
Marco legal y técnico (lo esencial):
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Ley 11/2021 (Ley Antifraude): introduce el fundamento antifraude que impulsa el control sobre los sistemas de facturación y el llamado “software de doble uso”.
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Real Decreto 1007/2023 (BOE): aprueba el reglamento que fija los requisitos que deben cumplir los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y la estandarización de los registros de facturación (integridad, trazabilidad, inalterabilidad, etc.).
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Orden HAC/1177/2024 (BOE): desarrolla las especificaciones técnicas y funcionales del sistema (incluido el código QR y aspectos operativos).
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Real Decreto-ley 15/2025 (BOE): modifica los plazos previstos y amplía la fecha límite de adaptación para los obligados a 2027.
- AEAT (Sede electrónica): recopila criterios, FAQs y la nota informativa de ampliación de plazos.
Los plazos de implementación han sido los siguientes:
- 28 de octubre de 2024. Publicación de la Orden Ministerial HAC/1177/2024.
- 1 de abril de 2025. Aprobación del Real Decreto 254/2025
- 29 de julio de 2025. Los desarrolladores de software deben adaptar sus sistemas.
- 1 de enero de 2027: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (más de 8 millones de euros)
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1 de julio de 2027: resto de obligados dentro del ámbito (menos de 8 millones de euros).
¿Cuándo entra en vigor Verifactu?
La implantación de Verifactu tiene tres hitos temporales según el perfil afectado: por un lado, los proveedores de software de facturación debían de tener sus soluciones adaptadas como máximo el 29 de julio de 2025. En paralelo, para las organizaciones con volumen de facturación anual superior a 8 millones de euros, el límite para adecuar sus programas se sitúa en el 1 de enero de 2027. Y, finalmente, para empresas y autónomos con una facturación anual inferior a 8 millones de euros, la fecha tope se establece en el 1 de julio de 2027.
¿Quién está obligado al sistema Verifactu?
Afecta a productores/comercializadores de Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y a empresarios/profesionales establecidos en España que emitan facturas, siempre que se cumpla el ámbito de aplicación. La AEAT resume el ámbito con una “regla de los 4 NO”:
- No facturar solo a mano,
- No estar en el Suministro Inmediato de Información (SII),
- No tener domicilio fiscal en País Vasco/Navarra (régimen foral),
- No tener resolución de exención aplicable.
¿Cuáles son las ventajas de contar con un sistema VeriFactu?
Entre las diferentes ventajas o beneficios de contar con un sistema Verifactu, destacamos:
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Cumplimiento normativo con menor fricción: disponer de un sistema alineado con los requisitos de VeriFactu reduce el riesgo de desviaciones en la emisión y gestión de facturas y facilita demostrar el cumplimiento ante revisiones.
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Trazabilidad e integridad del dato: al generar y mantener registros de facturación con garantías de inalterabilidad, mejora la trazabilidad de la información (altas, anulaciones, rectificativas) y se reduce la dependencia de controles manuales.
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Mejor preparación para inspecciones y auditorías: contar con evidencias estructuradas (registros, trazas, exportaciones) acelera la respuesta ante requerimientos y mejora la gobernanza del dato para auditoría interna/externa.
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Reducción del riesgo operacional y de fraude: al reforzar controles sobre modificaciones, omisiones y manipulaciones, se incrementa la seguridad del proceso de facturación y se minimizan incidencias.
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Estandarización en entornos con múltiples sistemas: en organizaciones con ERP + TPV + eCommerce o filiales, un enfoque VeriFactu ayuda a unificar criterios, evidencias y procesos, evitando “puntos ciegos” de facturación.
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Eficiencia y automatización del ciclo O2C: al ordenar el dato y las evidencias desde el origen, se facilita la automatización de tareas posteriores (conciliación, reporting, control de cobros) y se reduce retrabajo.
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Mejora de la calidad del dato fiscal y contable: registros coherentes y verificables ayudan a disminuir errores de captura, duplicidades y discrepancias entre sistemas.
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Base sólida para convivir con la factura electrónica: aunque no es lo mismo, una implantación robusta de VeriFactu simplifica la coordinación con estrategias de factura electrónica B2B/B2G, EDI y automatización documental.
Qué regula exactamente el sistema Verifactu
El sistema de reporte fiscal Verifactu se apoya en dos pilares:
- Requisitos del SIF (Sistema Informático de Facturación). Define cómo debe comportarse el software que soporta la facturación: generación de registros, trazabilidad, conservación y capacidad de verificación.
- Especificaciones técnicas (incluyendo QR y remisión de registros). La Orden ministerial concreta detalles técnicos (por ejemplo, características del QR y la remisión voluntaria en modalidad VERI*FACTU).
Sistema Verifactu AEAT: modalidades (Verifactu vs No Verifactu) y diferencias
En la práctica, se habla de dos enfoques:
Modalidad Verifactu (facturas verificables)
En esta modalidad, el SIF remite en línea a la Agencia Tributaria los registros de facturación de forma continuada, segura y automática. Es una forma de cumplimiento que reduce parte de la carga de custodia y algunos requisitos técnicos comparada con la modalidad no verificable. El sistema está preparado para la remisión voluntaria de registros de facturación a la AEAT con condiciones técnicas reguladas.
Cuándo suele encajar mejor
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Cuando quieres un modelo de cumplimiento con flujo de información más directo.
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Cuando priorizas simplificar la gestión operativa de evidencias (según diseño y arquitectura).
Sistema no verificable (sin remisión continua)
No remite registros en línea de forma continuada, pero debe asegurar controles reforzados: inalterabilidad, conservación, accesibilidad, trazabilidad y capacidad de exportación/consulta ante comprobaciones.
Cuándo suele encajar mejor
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Cuando necesitas un control centralizado interno por políticas del grupo.
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Cuando tu arquitectura tiene varios sistemas emisores y requieres armonizar evidencias antes de cualquier remisión.
Requisitos clave que debe cumplir tu software de Verifactu
Más allá del “cumplimiento legal”, lo importante es aterrizarlo a requisitos verificables:
Requisitos funcionales mínimos
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Registros de facturación vinculados a cada factura (y sus eventos relevantes).
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Trazabilidad e inalterabilidad: evidencias de que no hay eliminaciones o modificaciones sin rastro.
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Código QR en la factura, con especificaciones técnicas definidas por norma.
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Exportación/consulta de registros para atender requerimientos.
Requisitos TI y de operación (los que más impactan)
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Inventario real de sistemas emisores (incluye “facturación en la sombra”).
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Control de cambios y versiones del software (si cambias reglas, debes mantener evidencias).
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Políticas de retención y custodia (registros, logs, accesos).
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Procedimientos para incidencias (caídas, reintentos, errores de comunicación).
¿Cómo funciona el sistema VeriFactu?
VeriFactu actúa en el origen de la facturación: en el momento en que tu ERP/TPV/solución de facturación emite una factura, el sistema debe generar y conservar un “registro de facturación” asociado (con garantías de integridad y trazabilidad), e incorporar en la factura un código QR que facilita la verificación. En función de la modalidad elegida, esos registros se conservan para auditoría o se remiten a la AEAT.
Flujo típico de funcionamiento:
- Emisión de la factura. El usuario (o un proceso automático) crea la factura en el sistema (ERP/TPV/facturador).
- Generación del registro de facturación. El sistema crea un registro técnico por cada factura (y por eventos como anulación/rectificación), con mecanismos que permiten acreditar: que el contenido no se ha alterado, que existe una trazabilidad completa (sin “huecos”), y que la secuencia de registros mantiene coherencia.
- Inserción del QR en la factura. La factura incluye un QR con información que permite su comprobación y la relación con los registros generados.
- Conservación y evidencias (obligatorio en todos los casos). El sistema mantiene los registros y la información necesaria para atender requerimientos: exportación, accesibilidad, legibilidad, custodia y trazas.
- Dos formas de cumplimiento (según modalidad).
- Modalidad VERI*FACTU (verificable): el sistema puede remitir los registros a la AEAT de forma automatizada (reduce parte de la carga de custodia interna, según el diseño).
- Modalidad no verificable: no hay remisión continua, pero se refuerzan controles y evidencias internas (retención, logs, exportación y trazabilidad).
Sanciones por no cumplir con el reglamento VeriFactu
La AEAT recoge que el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria (LGT) tipifica como infracciones graves dos escenarios principales, con multas fijas diferenciadas según quién incumple:
1) Para fabricantes, productores y comercializadores de software (SIF)
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150.000 € por cada ejercicio económico en el que se hayan vendido sistemas que no cumplan lo exigido por el artículo 29.2.j) LGT y su desarrollo reglamentario, y por cada tipo distinto de sistema afectado.
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1.000 € por cada sistema comercializado sin la certificación exigible cuando exista obligación reglamentaria de certificarlo.
2) Para empresas y profesionales (tenencia/uso del sistema)
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50.000 € por cada ejercicio por la tenencia de sistemas informáticos que deban estar certificados y no lo estén, o hayan sido alterados o modificados tras su certificación (dispositivos certificados modificados).
Factura electrónica y sistema Verifactu: diferencias y cómo coordinarlos
Es habitual confundirlos, pero no son lo mismo:
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Sistema Verifactu (SIF/VERI*FACTU): enmarcado dentro de la Ley Antifraude se centra en el software de facturación, registros asociados, integridad y trazabilidad.
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Factura electrónica B2B: enmarcada en la Ley Crea y Crece se orienta a intercambio/formatos/estados entre empresas (marco distinto, aunque compatible).
A continuación, podéis ver un episodio de nuestro podcas "SERES Talks" en el que analizamos las principales diferencias entre Ley Crea y Crece (factura electrónica) y Verifactu:
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Preguntas frecuentes sobre la factura electrónica en España.
¿Qué es el sistema Verifactu?
¿Qué es el sistema Verifactu?
Es el marco de la AEAT para asegurar que los sistemas informáticos de facturación (SIF) generen registros y evidencias que garanticen integridad, trazabilidad e inalterabilidad.
¿Cuándo entra en vigor Verifactu?
¿Cuándo entra en vigor Verifactu?
Los plazos oficiales de adaptación indicados por la AEAT son 1/1/2027 (Impuesto sobre Sociedades) y 1/7/2027 (resto).
¿Es obligatorio enviar las facturas a la AEAT en tiempo real?
¿Es obligatorio enviar las facturas a la AEAT en tiempo real?
La normativa contempla condiciones para la remisión voluntaria en modalidad VERI*FACTU y regula aspectos técnicos de esa remisión.
¿Verifactu es obligatorio?
¿Verifactu es obligatorio?
Para quienes están dentro del ámbito de aplicación (por ejemplo, expiden facturas usando software y no están en SII ni en territorios forales), la adaptación del SIF a los requisitos es obligatoria con fechas límite 2027.
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